El fraude interno rara vez es un evento único. Suele ser una conducta sostenida durante meses o años que se descubre por una auditoría, una ausencia imprevista o un cambio de personal. Por eso estas pólizas operan sobre la base de descubrimiento: responden por lo que se descubre durante la vigencia, aunque los hechos hayan ocurrido antes.
Ese detalle es el que decide la reclamación. Si cambias de aseguradora sin conservar la cobertura retroactiva para hechos anteriores, un fraude que empezó hace tres años y sale a la luz este mes puede quedar sin amparo por ambas pólizas: la vieja ya no está vigente y la nueva no cubre lo anterior.
La otra pieza es la prueba. La indemnización exige demostrar la pérdida, no solo sospecharla, y eso depende de los controles internos que ya tenías: segregación de funciones, conciliaciones, autorizaciones dobles. Los mismos controles que reducen la prima son los que permiten cobrar.